Encuestas

lunes, 18 de marzo de 2013

Legitimidad, Funcionalidad y Legalidad


MARCO LEGAL.
El sistema penitenciario debe utilizar los medios de la capacitación, el trabajo y la educación para lograr la reinserción social del delincuente a que hace referencia el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; medios que principalmente han sido estimados por la criminología y la penología como los más útiles para el tratamiento del reo, pero que no deben ser los únicos. Por lo que respecta a México este es un planteamiento novedoso, y el cual deberá generar criterios que favorezcan a un nuevo tratamiento.
Lo anterior  es a causa de que en 1957 se aprobó por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, postura que llevó a nuestro país a crear y aprobar en 1971 la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, documento que dio legitimidad al tratamiento de la readaptación social en nuestro país. Con base en tal normatividad se puso en práctica un sistema progresivo técnico que mira al trabajo, a la capacitación y a la educación como premisas readaptatorias.
Pero a pesar de que nuestro país se adecue en base a las reglas aprobadas por la ONU con las normas mínimas sobre readaptación social, y que actualmente en nuestro país desde el 18 de junio del 2008, se cambió la terminología, paso de readaptación a reinserción social, no se ha logrado dicha reinserción social del hombre preso, no obstante ni siquiera se cumple con las reglas mínimas ya que los internos viven de manera precaria, entonces bien no existen oportunidad mínima para que pueda existir dicha readaptación.
La Nueva Ley de Ejecución de Sanciones Penales del Distrito Federal, publicada en 2011, establece en su exposición de motivos punto VI. Respeto a la dignidad humana, al mencionar que toda persona penalmente privada de su libertad, se le tratará con respeto absoluto a su integridad física, psíquica y moral; a su dignidad humana y a sus derechos y garantías fundamentales, en apego a los instrumentos internacionales sobre derechos humanos suscritos y ratificados por el Estado Mexicano.

El Reglamento de Reclusorios y Centros de Readaptación Social del Distrito Federal, dentro de su exposición de motivos alude que, en el Sistema de Reclusorios y Centros de Readaptación Social, se establecerán programas técnicos interdisciplinarios sobre la base del trabajo, la capacitación, la educación y la recreación que faciliten al interno sentenciado, su readaptación a la vida en libertad y socialmente productiva y eviten la desadaptación de indiciados y procesados.
FUNCIONALIDAD.
Entonces bien la manera en la que deberá de regirse el nuevo proyecto penitenciario, implicaría correcciones y adecuaciones normativas y técnicas en cuanto al tratamiento se refiere. Y éstas podrían contemplarse en consideración con lo siguiente:
a) Se debe de establecer los alcances del tratamiento y su diferencia con la ejecución de la pena. b) La prisión no debe de identificarse como un espacio terapéutico, sino como un lugar que no atente contra la dignidad humana, vigilancia que le correspondería al Juez de Ejecución Penal, y obligación de acatar por parte del gobierno penitenciario.
c) La normatividad penitenciaria no debe fungir como un código moral. Debe dar relevancia a la protección de los derechos humanos, y en este contexto el individuo deberá decidir sobre su propia situación de encierro. No debe verse limitado en sus decisiones personales por términos normativos que condicionan su tratamiento con la ejecución de la pena.
d) Los principios de reinserción y normalización social son el eje principal de la nueva propuesta penitenciaria. Por lo tanto, se deja a un lado la readaptación del infractor por la construcción de una cultura de derechos. Esto implicaría la postura del Juez de Ejecución Penal y el ámbito sociológico del tratamiento penitenciario.
e) Se modifican los alcances del Consejo Técnico Interdisciplinario: el cambio o modificación de una sanción penal es obligación única y exclusiva del órgano jurisdiccional. La función del Consejo Técnico residirá más bien en la planeación, configuración y organización del tratamiento de reinserción o reincorporación social. En este sentido, las medidas de seguridad son responsabilidad y obligación solamente de la autoridad jurisdiccional.
f) La protección de los derechos humanos es parte sustancial del gobierno penitenciario. El Consejo Técnico Interdisciplinario buscará las condiciones necesarias para que se facilite la reincorporación social del individuo a la sociedad libre, bajo la premisa del respeto a los derechos del ser humano.
Impulsar la adopción de medidas por parte del Gobierno del Distrito Federal, para que las correspondientes leyes de ejecución de sanciones penales, así como los reglamentos internos que deben regir el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, contemplen lo dispuesto en la Constitución Política y en los tratados internacionales de los que nuestro país es participe, a efecto de garantizar a los internos una estancia digna y segura, sobre la base del respeto a los derechos humanos.

 Que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal envíe iniciativas a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a efecto de que otorguen recursos suficientes para mejorar la pobre infraestructura, capacitar al personal de seguridad y custodia, y al técnico – administrativo del Reclusorio Preventivo Varonil Norte para que este centro de reclusión cumpla su misión de reinsertar al sentenciado a la sociedad, además que, debe garantizar a todos los internos del Reclusorio Preventivo Varonil Norte, una estancia digna.

Promover y apoyar las acciones en materia de salubridad general a cargo del Distrito Federal, así como el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas en materia de salud, a fin de garantizar el derecho a la protección de la salud de los hombres y mujeres que se encuentran privados de la libertad en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, y llevar a cabo las mismas campañas de promoción y de prevención para la salud que se realizan en el Distrito Federal.

Promover y apoyar las acciones en materia de educación en el Distrito Federal, a fin de garantizar el derecho a la educación de los hombres que se encuentran privados de la libertad en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, en igualdad de condiciones, tanto en el nivel académico como en el material indispensable, que el resto de la población del Distrito Federal.


LEGITIMIDAD ONGS

Se encuentran  desde  el plano internacional como Human right watch  y Physicins for Human Rights,  así como varias organizaciones  que tienen el propósito de velar por los derechos humanos internacionalmente  y en las cuales han hecho diversas recomendaciones a México.
Estas ONG tienen mucho que ver con las condiciones en las estancias de los reclusos. En el caso del reclusorio norte se llevan convenios con oceánica y ASUME A.C  para fomentar el desarrollo personal de los reclusos, pero el fin es que se vele por la condiciones en que se encuentran estos reclusos teniendo un efecto en su desarrollo personal. Para esto podemos utilizar la red nacional de organismos civiles de derechos humanos, la cual tienen grandes relaciones con la CNDH
 Human rigth watch http://www.hrw.org/es/americas/mexico , Physicins for Human rights http://physiciansforhumanrights.org/,oceanica http://oceanica.com.mx/home.php, Asociación por superación de México y América latina http://www.asume.org.mx/ , compendio de ONG ´s en derechos humanos http://www.derechos.org/nizkor/mexico/ong.html  y en especial la Red nacional de organismos civiles en derechos humanos  http://www.redtdt.org.mx/  y el Comité cerezo http://www.comitecerezo.org/
 No existe una especial sobre las estancias en los reclusorios, cuestión que debería de hacerse por parte de los afectados, así como de los familiares con ayuda de las organizaciones antes citadas. El fin es tener una ONG como EG justice  que ha velado por las estancias de los presos en Guinea.
Actualmente este tema ha sido retomado por una Comisión especial dentro de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la diputada del PAN Olivia Garza es la encargada de pedir informes sobre los funcionarios involucrados en el cobro de pase de lista, alimentos y golpizas, que denunció un grupo de internos de los Reclusorios Norte y Oriente, la Diputada del PAN pretende combatir este mal con la ayuda de los ciudadanos y ONG'S interesadas.
Actualmente la Segunda Visitaduría, que es la que está a cargo de supervisar los reclusorios, no tiene una estancia permanente, va por llamado del ciudadano", comentó Ballesteros.

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